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Principia iuris de Luigi Ferrajoli

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El texto desarrolla dos observaciones y evidencia, sucesivamente, algunos puntos críticos. La primera observación es que la construcción propuesta tiene fundamento en la afirmación que señala una intrínseca interdependencia entre la democracia y el Derecho y entre el Derecho y la razón: de aquí nace la elección de una teoría axiomatizada del Derecho. El sistema axiomático formal, por tanto, no es parte accesoria, eliminable de la obra; es, por el contrario, su intrínseca estructura y razón. La segunda observación es que la estructura que surge es la de un «constitucionalismo fuerte» que identifica un sistema de límites y también de obligaciones al poder, que sin ellas sería soberano, de la mayoría. A partir de estas observaciones preliminares, se analizan algunos puntos. El primero reside en el carácter intrínsecamente inacabado del sistema, característica que FERRAJOLI presenta como un valor adjunto. El segundo es la relación de la formalización con la explicabilidad del lenguaje y, por tanto, con la comunicabilidad del Derecho. El tercero es el doble rol del sistema axiomático: definir un posible universo de discurso o describir rigurosamente un universo ya definido de otro modo. El último nodo es la aplicabilidad del método propuesto a los sistemas de Derecho contemporáneo, fuertemente influenciados por el contacto directo con los sistemas del common law.
Universidad de Alicante Servicio de Publicaciones
Title: Principia iuris de Luigi Ferrajoli
Description:
El texto desarrolla dos observaciones y evidencia, sucesivamente, algunos puntos críticos.
La primera observación es que la construcción propuesta tiene fundamento en la afirmación que señala una intrínseca interdependencia entre la democracia y el Derecho y entre el Derecho y la razón: de aquí nace la elección de una teoría axiomatizada del Derecho.
El sistema axiomático formal, por tanto, no es parte accesoria, eliminable de la obra; es, por el contrario, su intrínseca estructura y razón.
La segunda observación es que la estructura que surge es la de un «constitucionalismo fuerte» que identifica un sistema de límites y también de obligaciones al poder, que sin ellas sería soberano, de la mayoría.
A partir de estas observaciones preliminares, se analizan algunos puntos.
El primero reside en el carácter intrínsecamente inacabado del sistema, característica que FERRAJOLI presenta como un valor adjunto.
El segundo es la relación de la formalización con la explicabilidad del lenguaje y, por tanto, con la comunicabilidad del Derecho.
El tercero es el doble rol del sistema axiomático: definir un posible universo de discurso o describir rigurosamente un universo ya definido de otro modo.
El último nodo es la aplicabilidad del método propuesto a los sistemas de Derecho contemporáneo, fuertemente influenciados por el contacto directo con los sistemas del common law.

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